Desde la Coalición para el Control de la Pesca de la UE aplaudimos la decisión de la Comisión de abrir un procedimiento sancionador contra Francia por no controlar su flota pesquera internacional, y pedimos al Consejo que no legalice la infra-declaración de capturas.
El miércoles 9 de junio, la Comisión Europea anunció el inicio de un procedimiento sancionador contra Francia por el incumplimiento por parte de su flota de la normativa europea para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y para controlar las actividades pesqueras. Más concretamente, la Comisión indicó que “Francia no ha cumplido su obligación de garantizar la eficacia de la supervisión y el control de la flota exterior francesa ni la ejecución de las normas sobre comunicación de capturas, es decir, el margen de tolerancia del 10 % por especie de peces y la presentación de las notas de venta en las cuarenta y ocho horas siguientes a la primera venta, así como la presentación de los cuadernos diarios de pesca y las declaraciones de desembarque.”.
El margen de tolerancia al que se refiere el procedimiento sancionador es un elemento esencial del Reglamento de control de la pesca de la UE, que actualmente se está reformando. En efecto, el Reglamento de control establece normas parta contabilizar la cantidad de pescado que extraen del mar los buques de la UE, para garantizar que se respeten los límites de capturas y que ningún pescado capturado ilegalmente pueda llegar al mercado. Para ello, el sistema se basa en dos cifras:
- La estimación de las capturas en el mar. Esta cifra es una estimación de las cantidades de pescado capturadas, registrada en el diario de abordo de un buque pesquero por su capitán. Como no siempre es posible estimar con exactitud el peso del pescado a bordo, el capitán dispone de un margen de error del 10% por especie. Superar este margen de tolerancia del 10% es una infracción grave según la legislación de la UE y puede dar lugar a sanciones como multas, puntos de penalización o, eventualmente, la suspensión de la licencia de pesca. Las estimaciones del diario de abordo se transmiten periódicamente a las autoridades de control nacionales para supervisar el cumplimiento de los límites de capturas en tiempo prácticamente real, y pueden servir de base para decidir el cierre de una pesquería si se alcanzan los límites de captura;
- El peso de las capturas en el momento del desembarque. Después de registrar las estimaciones de capturas en el diario de abordo, el pescado se pesa -al menos en teoría- en el momento del desembarque. Esta cifra, más precisa, se utiliza para calcular los límites finales de capturas en la declaración de desembarque, y es utilizada por los científicos para sus evaluaciones de las poblaciones de peces, a partir de las cuales los gestores políticos toman las decisiones sobre las cuotas. Sin embargo, la mayoría de las declaraciones de desembarque se rellenan sin la presencia de las autoridades para verificar el peso.
Las cifras dadas durante este procedimiento de pesaje no siempre son fiables, como demuestran los dos procedimientos sancionadores abiertos recientemente por la Comisión Europea contra Bélgica y los Países Bajos por fallos relacionados con su sistema de pesaje. A menudo, es la estimación del diario de abordo la que acaba siendo la única cifra utilizada a lo largo de la cadena de suministro y a efectos de control pesquero. Por ello, es fundamental que las estimaciones del diario de abordo se acerquen lo máximo posible a la realidad.
Prerrogativa ilegal para la flota atunera francesa
La regla del 10% de margen de tolerancia se introdujo en 2009, y ha sido un motor clave para la recuperación de las poblaciones de peces de la UE en la última década. Sin embargo, esta regla nunca fue aplicada por la industria atunera francesa que pesca en el Océano Índico. En lugar de un margen de tolerancia del 10% por especie, decidieron utilizar un margen del 10% para todas las capturas a bordo del buque pesquero. Esto significa que, cuando se desembarcan, por ejemplo, 1.000 kg de atún amarillo y patudo, el pescador puede declarar 100 kg de atún amarillo y 900 kg de patudo, aunque la proporción real sea la contraria. Existen límites de captura para el atún amarillo en el Océano Índico, una población sobreexplotada y en estado crítico. La decisión de permitir un 10% de margen de error sobre el total de capturas permite a los buques no declarar el atún amarillo, y declarar más capturas de otras especies de atún.
Esta práctica de la industria atunera ha sido autorizada por el gobierno francés mediante una circular adoptada en 2015. Esto es ilegal, ya que no hay nada en las normas actuales de la UE que permita a un Estado miembro conceder tal excepción a su industria.
(Lea aquí un informe sobre “La flota de cerco de la UE en el Océano Índico: Legalizar la declaración errónea de capturas no debe ser la solución a un problema técnico”)
La reforma del Reglamento de Control de la Pesca de la UE. El voto del Parlamento Europeo
La Comisión Europea inició la reforma del Reglamento de Control de la Pesca de la UE en 2018. En todo este tiempo no se propuso ningún cambio en las normas del margen de tolerancia, aunque se impusieron normas más estrictas con respecto al pesaje en el desembarque. Debido a las elecciones al Parlamento Europeo, las negociaciones se retrasaron, pero el Parlamento Europeo votó su posición en marzo de 2021 y se espera que los ministros alcancen una posición el 28 de junio.
Antes de la votación en el Parlamento Europeo, tanto el gobierno francés como su industria cerquera presionaron fuertemente a los miembros del Parlamento Europeo para que se adoptara una enmienda que legalizara un margen de tolerancia del 10% de todas las capturas, en lugar del actual 10% por especie. Se distribuyeron declaraciones y cartas en las que se pedía a los eurodiputados que modificaran las normas actuales reflejando la decisión de la (ilegal) Circular francesa de 2015, y al final, el Parlamento Europeo votó a favor de aprobar dicha propuesta.
Los ministros de los Estados miembros votarán el 28 de junio
Los Estados miembros de la UE están negociando actualmente su posición sobre el margen de tolerancia. La última propuesta permitiría pasar de un margen del 10% por especie a uno del 10% para el total de las capturas en las siguientes pesquerías:
- pequeños pelágicos que se desembarcan sin clasificar (como el arenque, la caballa, la anchoa o la sardina)
- la pesca con fines industriales (como el espadín o el arenque)
- las pesquerías dirigidas a especies morfológicamente similares (como los ejemplares jóvenes de atún amarillo y patudo)
- las pesquerías mixtas que se desembarcan sin clasificar
Cabe señalar que, si bien estos cambios afectan a la mayoría de las pesquerías, quedaría excluida la flota que pesca especies que viven cerca del lecho marino y utilizan redes de arrastre, que tendrían que seguir declarando un 10% por especie, lo que socavaría la igualdad de condiciones para los pescadores de los Estados miembros con una gran flota de arrastre.
Si se adopta esta propuesta, podría dar lugar a una gran infradeclaración de las capturas de las distintas especies de peces, así como quedar omitidas grandes cantidades de capturas en los registros de la flota de la UE. Esto socavaría los datos científicos para evaluar el estado de las poblaciones de peces, y haría que los esfuerzos de control de la pesca fueran ineficaces.
En el caso de las pesquerías de atún, y de Francia y España en particular, esta propuesta podría dar lugar a una importante infradeclaración de sus capturas de atún, y amenazar no sólo la sostenibilidad de unas poblaciones de peces que ya se encuentran en mal estado, sino también la seguridad alimentaria de las comunidades locales de África Occidental y del Océano Índico.
Llamamiento a los ministros antes de la votación de junio
Por lo tanto, la Coalición para el Control de la Pesca de la UE acoge con gran satisfacción la decisión de la Comisión de tomar medidas contra la derogación ilegal concedida por Francia a su industria atunera, y pide a los responsables de la UE que no legalicen la notificación errónea de las capturas y que garanticen que se mantenga un margen de tolerancia del 10% por especie en la reforma del Reglamento de Control. Hacer lo contrario socavaría todos los grandes esfuerzos realizados por la UE y su flota en la última década para gestionar la pesca de forma sostenible, así como los objetivos del Pacto Verde Europeo y la Agenda 2030 global.